Términos y condiciones

CONTRATO DE CONEXIÓN PARA PRESTACIÓN DE LABORES ESPECIALIZADOS ENTRE LA PROVEEDORA DE

TALENTO HUMANO PDL. S.A (HUTS) Y EL COLABORADOR (salonero, ayudante de cocina, Misceláneo,

cocinero A, Capitán de servicio y otros), a través de la plataforma digital de HUTS 

Relación contractual 

Partes.

Patrono: Proveedora de Talento Humano PDL Sociedad Anónima, cedula jurídica: 3-101-763329, documento origen tomo: 2018, asiento: 443466, domicilio social: San José, San José de Plaza Rohrmoser doscientos metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, representada en este acto por su presidente el señor Peter Castiblanco González, colombiano, casado, empresario, vecino de San José, Escazú, DIMEX: 117000357735.

Colaborador: Nombre Completo, nacionalidad, estado civil, ocupación/oficio, dirección de residencia, tipo y número de identificación. 

Las presentes Condiciones de uso (“Condiciones”) regulan el acceso o uso que usted haga, como persona, desde cualquier dispositivo móvil desde cualquier país donde opera la aplicación de HUTS con servicios (los “Servicios”) puestos a disposición por HUTS y la Proveedora de Talento Humano PDL SA.

LEA ESTAS CONDICIONES DETENIDAMENTE ANTES DE ACCEDER O USAR LOS SERVICIOS. Al leer y aceptar estos términos usted acepta los términos condiciones y reglamentos de la aplicación y se compromete a cumplirlos al pie de la letra, conforme a la ley vigente en Costa Rica, cualquier incumplimiento de las mismas será causal de terminación de la relación contractual aquí descrita. 

Mediante su acceso y uso de los Servicios usted acuerda vincularse jurídicamente por estas

Condiciones, que establecen una relación contractual entre usted y la Proveedora de Talento Humano PDL S.A, conocida como HUTS, Si usted no acepta estas Condiciones, no podrá acceder o usar los Servicios. Estas Condiciones sustituyen expresamente los acuerdos o compromisos previos con usted. La proveedora de Talento Humano PDL SA podrá poner fin de inmediato a estas Condiciones o cualquiera de los Servicios respecto de usted o, en general, dejar de ofrecer o denegar el acceso a los Servicios o cualquier parte de ellos, en cualquier momento y por cualquier falta o comportamiento que vaya en contra de los reglamentos de la Proveedora de Talento Humano PDL

S.A. 

Se podrán aplicar condiciones suplementarias a determinados Servicios, como políticas para un evento o una actividad en particular, y dichas condiciones suplementarias se le comunicarán en relación con los Servicios aplicables. Las condiciones suplementarias se establecen además de las Condiciones, y se considerarán una parte de estas, para los fines de los Servicios aplicables. Las condiciones suplementarias prevalecerán sobre las Condiciones en el caso de conflicto con respecto a los Servicios aplicables.

La Proveedora de Talento Humano PDL S.A podrá modificar las Condiciones relativas a los Servicios cuando lo considere oportuno. Las modificaciones serán efectivas después de la publicación por parte de la Proveedora de Talento Humano PDL S.A de dichas Condiciones actualizadas en esta ubicación o las políticas modificadas o condiciones suplementarias sobre el Servicio aplicable. Su acceso o uso continuado de los Servicios después de dicha publicación constituye su consentimiento a vincularse por las Condiciones y sus modificaciones.

La recopilación y el uso que hacemos de la información personal en relación con los Servicios es conforme se dispone en la Política de privacidad de HUTS, disponible en www.hutservices.com.

El acceso y descarga de la aplicación es gratuito salvo en lo relativo al coste de la conexión a través de la red de telecomunicaciones suministrada por el proveedor de acceso contratado por el usuario. Determinados servicios son exclusivos para nuestros clientes y su acceso se encuentra restringido.

La descarga y uso de la aplicación atribuye la condición de usuario de la misma (en adelante, el Usuario Colaborador) e implica la lectura, entendimiento y aceptación de todos los términos y condiciones recogidas por el presente acuerdo.

POR TANTO:   

Entre nosotros “PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL SOCIEDADAD ANONIMA”, en adelante denominado como  HUTS y EL  USUARIO COLABORADOR, (ver nombre al final del documento) registrado en la plataforma de HUTS para prestar servicios en los oficios que se ofrecen la plataforma (App) de HUTS, quien acepta haber leído y aceptado los términos y condiciones, hemos convenido en el siguiente contrato de labores que se regirá por la legislación vigente de Costa Rica, la buena fe de las partes y los siguientes  términos y condiciones:

Primera: de la contratación: convienen las partes que HUTS le brindará la información necesaria para que realice una labor de SALONERO, BARTENDER, COCINERO, ASEADOR, MISCELANEO, AYUDANTE DE COCINA, REPARTIDOR, ENCARGADO DE MONTAJES, SUPERVISRI DE MONTAJES, JEFE DE MONTAJES, ASISTENTE DE INFRAESTRUCTURA, CAJERA (o), SUOERVISORA (o)  DE CAJAS, STEWARD, MISCELANEO DE LAVANDERIA, BODEGUERO,  BABY SITTER y  otros oficios, para el cual se haya registrado en la plataforma de HUTS y haya sido aprobado según sus competencias, requerimientos y verificación de información,  para prestar sus servicios en el domicilio de los clientes de  la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL  SOCIEDADAD ANONIMA o en el  lugar que el cliente indique, según las solicitudes de servicio, a través de la plataforma de HUTS.  

Segunda: Modalidad de contratación: Este será un contrato de prestación de labores y se regirá según la legislación de Costa Rica, y se entenderá por terminado por cualquiera de las causales del numeral cinco de este contrato.  En este acto el USUARIO COLABORADOR, reconoce a la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL S.A como su único patrono para todos los fines legales que corresponda, en lo que concierne a las solicitudes de servicio tramitadas a través de la plataforma de HUTS, y reconoce expresamente que no existe relación laboral alguna con ninguno de los clientes de la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL  SOCIEDAD ANONIMA y los turnos que allí realice serán en nombre de la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL  SOCIEDADAD ANONIMA, y entiende que cualquier turno o labor que realice en las instalaciones de los clientes de la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL  SOCIEDADAD ANONIMA es un servicio  que está haciendo para la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL  SOCIEDADAD ANONIMA y no para los clientes. 

 

El USUARIO COLABORADOR reconoce y acepta en este acto, que al ser él (ella) quien administra su disponibilidad en la plataforma, que no tiene exclusividad de servicios con HUTS lo que le permite trabajar con otras empresas, salvo con los clientes de HUTS (PROVEERDORA DE TALENTO HUMANO PDL S.A), a no ser que se haga a través de la aplicación, y que no existe relación laboral alguna con los clientes de la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL S.A. (HUTS), por lo tanto cualquier situación que se presente cuando el COLABORADOR trabaja para otras empresas sin solicitud expresa de la Proveedora de Talento Humano PDL S.A,  no serán responsabilidad de la Proveedora de Talento Humano PDL SA, ni constituye responsabilidad alguna sin que el colaborador tenga disponibilidad y solicitudes para la aplicación de HUTS en los días que se generen los incidentes.

Tercera: del pago: La remuneración de este contrato será por horas, y se pagará todos los viernes, en la cuenta bancaria que el trabajador indique, de acuerdo a la cantidad de horas efectivamente trabajadas y debidamente registradas en la plataforma digital de HUTS, propiedad de la PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL, SOCIEDADAD ANONIMA, según las tarifas estipuladas en este contrato y registradas en la plataforma, menos las deducciones de ley, según las horas solicitadas y aprobadas por el cliente. Por lo que el colaborador se obliga a registrar la hora de inicio y finalización de su turno en la opción que tiene la aplicación para ese fin. HUTS no será responsable ni tendrá obligación alguna, si no consta el registro de las horas laboradas”)

Tarifas de colaboradores 

TABLA DE TARIFAS POR HORA DE LOS COLABORADORES POR CLIENTE Y CARGO 

Se omite en este documento por ser información confidencial 

 

Cuarta: del tiempo y jornada: Este contrato es por tiempo indefinido y el mismo se limita a solamente a proveer el contacto con las empresas que necesiten de los servicios de personal especializado por horas, las jornadas de trabajo podrán variar dependiendo de las necesidades de los cliente de HUTS.   

 

Quinta: Causales de terminación de contrato: Los Usuarios Colaboradores se reconocen haber leído y entendido las causales de terminación de contrato sin responsabilidad patronal que aquí se describen para los usuarios de la plataforma digital de HUTS, según el articulo 81 del Código de Trabajo de Costa Rica, inciso L. 

  1. Tres o más evaluaciones negativas de los clientes a través de la plataforma o en informes escritos.
  2. Bloqueo por más de dos clientes
  3. Faltas al cumplimiento de los estándares de servicio y comportamiento de HUTS o de los clientes.
  4. No presentarse a trabajar habiendo aceptado una solicitud por más de dos ocasiones sin una justificación calificada. Los colaboradores aceptan y entienden que la no justificación de la primera ausencia acarreará la sanción de un bloqueo de la aplicación por ocho días, la segunda ausencia injustificada se penará con un bloqueo de la aplicación por quince días, la tercera ausencia injustificada se tomará como renuncia tacita y procederá el despido sin responsabilidad patronal.
  5. Tres o más reportes de llegadas tardías al sitio de trabajo.
  6. Mal uso del nombre HUTS
  7. Mala presentación recurrente o no presentarse con el uniforme en condiciones NO aceptables y de acuerdo a lo estipulado por el cliente (tenga en cuenta que hay diferencias en los uniformes según el cliente, sí tiene duda pregunte a su supervisor)
  8. No cumplir con las obligaciones establecidas por HUTS y aceptadas al momento de registro.
  9. Las que determina el Código de Trabajo y la legislación conexa.
  10. No mantener al día y vigentes los documentos requeridos (cédula, DIMEX, carnet de manipulación de alimentos, Carnet de chara de filosofía del servicio de CCCR)
  11. El no acatamiento de los protocolos de salud y de higiene, descritos en los documentos que HUTS comparte en su usuario en las capacitaciones.
  12. No aceptar solicitudes más de tres veces estando disponible en su usuario en la aplicación.
  13. Inhabilitarse por más de dos viernes o sábados en un mismo mes.
  14. Inhabilitarse por más de treinta días, este acto se tomará como renuncia tacita y se procederá a la terminación del contrato sin responsabilidad patronal.
  15. Haber suministrado información falsa total o parcialmente o incompleta al momento de su registro en la plataforma.
  16. Contactar a los clientes o funcionarios de los clientes, para solicitar turnos, horarios o solicitar información de pagos, volumen de trabajo, turnos de otros compañeros o para asuntos disciplinarios que son competencia exclusiva de la Proveedora de Talento Humano PDL S.A.

Sexta: Obligaciones de los Usuarios Colaboradores

  1. Utilizar responsablemente la aplicación de HUTS, para coordinar las solicitudes de servicio de los clientes. El Usuario colaborador se compromete a utilizar la presente aplicación móvil y todo su contenido y Servicios de conformidad con la ley, la moral, el orden público y las presentes Condiciones de Uso, y las Condiciones Particulares que, en su caso, le sean de aplicación. Asimismo, se compromete a hacer un uso adecuado de los servicios y/o contenidos de la aplicación móvil y a no emplearlos para realizar actividades ilícitas, inmorales o constitutivas de delito, que atenten contra los derechos de terceros y/o que infrinjan la regulación sobre propiedad intelectual e industrial, o cualesquiera otras normas del ordenamiento jurídico aplicable. En particular, el Usuario se compromete a no trasmitir, introducir, difundir y poner a disposición de terceros, cualquier tipo de material e información (datos contenidos, mensajes, dibujos, archivos de sonido e imagen, fotografías, software, etc.) que sean contrarios a la ley, la moral, el orden público y las presentes Condiciones de Uso
  2. Administrar responsablemente su disponibilidad en la plataforma
  3. Para acceder a la aplicación se deberá ser mayor de 18 años.
  4. Confirmar las notificaciones de servicio en la aplicación en el tiempo indicado.
  5. Confirmar la llegada al lugar de trabajo en cada servicio. La confirmación deberá hacerse entre los 15 y 5 minutos antes de la hora de inicio del turno de trabajo para el que fue convocado.
  6. Presentarse con el supervisor que defina el cliente para coordinar el servicio.
  7. Reportarse con el supervisor de defina el cliente, antes de retirarse cuando finalice el servicio, según las horas contratadas en cada turno.
  8. Finalizar el servicio en la aplicación una vez finalizado y en lo posible en presencia del supervisor que el cliente asigne.
  9. Dar un excelente servicio a los clientes de HUTS de acuerdo con los estándares y parámetros de la industria, que se establecen en la capacitación. (documento que se les entrega)
  10. Mantener una presentación personal adecuada, de acuerdo con los estándares de HUTS
  11. Asistir a la capacitación y entrenamiento inicial y a todas aquellas que sean convocados por HUTS.
  12. Tomar las capacitaciones virtuales que HUTS implemente en su plataforma dentro del plazo establecido.
  13. Mantener al día la documentación en la plataforma de HUTS
  14. Son responsables exclusivos de preservar la confidencialidad de toda información de acceso, la información de la cuenta del Usuario y todas las acciones u omisiones vinculadas con dicha cuenta
  15. Las obligaciones que determina el Código de Trabajo y la legislación conexa
  16. Guardar la confidencialidad del Cliente en todos los aspectos en relación a estándares, tecnología, producto, imagen y cualquier acontecimiento que se de en el desarrollo de su turno de trabajo.

 

Séptima: LEY Y COMPETENCIA. Las cuestiones relativas a las Condiciones de Uso y Política de Privacidad, así como todas aquellas cuestiones que radican y tengan relación en parte o en su totalidad con los servicios suministrados a través de la aplicación, se rigen en todos y cada uno de sus extremos por la ley costarricense, renunciando expresamente las partes al fuero que les corresponda, y sometiéndose a los Juzgados y Tribunales del Poder Judicial de Costa Rica.

Octava: PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.   PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL, S.A. se reserva todos los derechos sobre las marcas, nombres comerciales o demás signos distintivos, las patentes, y la propiedad intelectual, con respecto al contenido y diseño de la aplicación. Todos los contenidos de la misma, incluyendo sin carácter limitativo, textos, gráficos, imágenes, su diseño y los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponder a dichos contenidos, así como las marcas, nombres comerciales o cualquier otro signo distintivo son propiedad de la empresa, quedando reservados todos los derechos sobre los mismos. Las marcas, nombres comerciales o signos distintivos son titularidad de PROVEEDORA DE TALENTO HUMANO PDL, S.A., sin que pueda entenderse que la descarga, acceso y uso de la aplicación le atribuya ningún derecho sobre las citadas marcas, nombres comerciales y/o signos distintivos

Nota: se entiende la aceptación de estos términos y condiciones en el momento que el colaborador acepte los mismos en la casilla correspondiente en su usuario y su vigencia será a partir de que sea aprobado su perfil en la aplicación y reciba su primera solicitud. Este contrato es virtual por lo que la aceptación de los términos y condiciones configura la relación contractual entre el patrono y el trabajador y será válido para su ejecución sin la necesidad de firma física.    San José, Costa Rica. 

Acepto términos y condiciones 

PROVEEDRORA DE TALENTO HUMANO PDL S.A – HUTS

MANUAL DEL COLABORADOR

 

CAPÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

Artículo 1º: Introducción:  

El Manual del colaborador de HUTS es una herramienta práctica y dinámica para cada colaborador, que le permite conocer la misión, los valores de HUTS, las principales políticas, buenas prácticas, reglamentos, sanciones y marco legal con que cuenta nuestra empresa 

Es muy importante para HUTS dar a conocer al colaborador de la empresa que valoramos su trabajo y colaboración, y que requerimos una adecuada relación colaborador y patrono. También que nuestros colaboradores se identifiquen con una sana práctica de servicio al cliente, identificado con los valores de la ética y profesionalismo.

En HUTS estamos comprometidos en proveer a nuestros colaboradores un ambiente de trabajo que les permita desarrollar sus actividades con satisfacción y adecuadas condiciones de salud y seguridad y en equipo para contribuir al logro de los objetivos de la empresa.

Artículo 2º: Misión Institucional:  

Crear y promover oportunidades de empleo formal en la industria de la hospitalidad y otras industrias, con una visión social y de alta calidad para nuestros clientes, usando la tecnología para acercar a las personas que buscan un trabajo con las empresas que necesitan de esas personas.

Artículo 3º: Visión Institucional: 

Aprovechar la Tecnología para mejorar las condiciones de empleo de las personas que trabajan en la industria de la hospitalidad y otras industrias en Centro y sur América, haciendo fácil, rápido y seguro la contratación de personal outsourcing para nuestros clientes

Artículo 4º: Valores Institucionales: HUTS se rige por valores institucionales que se constituyen en parte integral de su reglamento interno de cara a los servicios que prestamos a nuestros clientes, estos son:

  •  
  • Responsabilidad
  • Profesionalismo
  •  

Además, el colaborador debe contemplar y comprometerse con lo siguiente:

  • Ética personal e institucional.
  • Un atento servicio al cliente
  • Ser un individuo colaborador, servicial, dinámico y dispuesto al cambio.
  • Responsable y respetuoso con sus compañeros y clientes.
  •  
  • Trabajo en equipo.
  • Mantenerse informado.
  • Cuidar su apariencia y presentación personal.
  • Dispuesto a aprender continuamente.
  • Actitud proactiva y creativa.
  • Atento a la comunicación.

Artículo 5º: Marco Legal

  • Reglamento para la Prevención, Investigación y Sanción del Hostigamiento Sexual para los colaboradores de HUTS (en proceso)
  • Manuales de servicio y estándares de los clientes de HUTS de Inducción de Colaboradores.
  • Manual de Atención de Servicio al Cliente de Huts (en proceso)
  • Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de Personal. (en proceso)
  • Código de Trabajo de Costa Rica.

CAPÍTULO II

NORMAS Y POLÍTICAS LABORALES DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 6º: Horario: El horario de trabajo será que el que cliente determine según sus necesidades y se procese a través de la plataforma, el cual estará disponible en su usuario en la aplicación.  

Dicho horario podrá ser modificado de acuerdo a las necesidades del cliente en cuanto a horarios de entrada, hasta 24 horas antes del inicio del turno de trabajo y la hora de salida el mismo día de la solicitud.

Artículo 7º: Reglas de comportamiento: los colaboradores deben acatar las siguientes reglas:

  • No se permite fumar dentro de las instalaciones de ningún cliente sin excepción
  • No se permite beber ni comer en el área de trabajo, ello deberá de hacerse en el área designada por el cliente para tal efecto y de acuerdo con las políticas internas del mismo.
  • El uso de los activos de los clientes está prohibido para fines personales.
  • Poner en modo de silencio el teléfono celular en las reuniones, horas de capacitación y en otras actividades en que se indique por la Jefatura o la Dirección Ejecutiva, con el propósito de no interrumpir las mismas.
  • Siempre debe prevalecer el respeto, la cortesía y el buen trato en todos los colaboradores con sus compañeros y clientes.
  • Está prohibido el uso de celular durante el turno de trabajo         Se prohíbe la ingesta de licores en las instalaciones del cliente.
  • Los colaboradores deben usar los baños que el cliente designe, en ningún caso debe usar los baños de clientes, a no ser que el cliente lo autorice.
  • Los clientes no están en la obligación de proporcionar parqueo a los colaboradores de HUTS, por lo que cada persona es responsable de su vehículo, sí algún cliente da esta facilidad esto no constituye en una obligación.
  • La alimentación será responsabilidad de cada colaborador la empresa ni los clientes están obligados a proporcionarla y sí en algún caso lo hace esto no constituye una obligación
  • El colaborador de HUTS debe usar adecuadamente las instalaciones, equipos, materiales del cliente
  • El colaborador debe atender las recomendaciones de los protocolos de aseo y manipulación de alimentos y uso de equipos y materiales.
    • Lavado de manos o Uso de alcohol
    • No ir a los baños con delantales de servicio o de cocina
  • Atender con diligencia las recomendaciones y ordenes de los capitanes, supervisores y de los funcionarios de los clientes relacionados con la operación.
  • Usar adecuadamente los locker que el cliente dispone para su uso, no dejando artículos prohibidos, no dejando cerrado y con candado cuando finaliza su turno, manteniendo limpio y ordenado entre otras recomendaciones.

Artículo 8º: Faltas y sanciones  

  • SOLICITUDES: El colaborador debe aceptar las solicitudes que le lleguen a su usuario en la aplicación en un término de dos horas, de lo contrario el sistema le cancela la solicitud y se

la envía a otro colaborador disponible y bloqueará su usuario por 48 horas, tiempo durante el cual no podrá recibir solicitudes de ningún cliente.

  • AUSENCIAS: El colaborador que acepte una solicitud debe asistir el día y hora programado, de no hacerlo se considerará una falta grave al reglamento interno de trabajo por lo que se le hará el llamado de atención respectivo y su usuario pasará a un estatus de NO prioridad durante 8 días, tiempo durante el cual se le dará prioridad a otros colaboradores, esto, sí es la primera vez, en caso que esta situación se repita, recibirá un nuevo llamado de atención y su usuario será bloqueado por 15 días, tiempo durante el cual no podrá recibir solicitudes de ningún cliente, pero si se repite esta situación por tercera vez, recibirá un nuevo llamado de atención como corresponde legalmente y su usuario será inhabilitado permanentemente.
  • Toda ausencia debe ser justificada dentro de las 24 horas siguientes a la fecha en que no se presentó a su turno de trabajo, de no ser así se tratará disciplinariamente como tal.
  • LLEGADAS TARDIAS: El colaborador debe presentarse 20 minutos antes de la hora de inicio de su turno de trabajo; cuando exista un reporte de llegada tardía se le hará un llamado de atención, pero si completa tres reportes de llegadas tardías, este será tomado como una ausencia y se tratará disciplinariamente como tal.
  • CANCELACIONES: Los usuarios pueden administrar su disponibilidad desde su usuario en la aplicación, de tal manera que si reciben una solicitud es porque están disponibles para el día y hora de la solicitud, por lo que es obligación aceptarla, en caso aceptar y no poder asistir a su turno de trabajo por un caso de fuerza mayor, deben justificar la razón por la cual no puede llegar a  su turno, de no existir una justificación por fuerza mayor, se le aplicará el reglamento como si se tratará de una ausencia.  
  • NO ACEPTAR SOLICITUDES: Cuando un colaborador recibe una solicitud debe aceptarla en un lapso de 2 horas, de no aceptar el sistema le cancela la solicitud y se la envía a otro colaborador, y bloqueará su usuario por 48 horas, tiempo durante el cual no podrá recibir solicitudes de ningún cliente.
  • DISPONIBILIDAD: cada colaborador es responsable de administrar su disponibilidad en la aplicación, y el sistema se encarga de asignar solicitudes de acuerdo con esa disponibilidad, dando prioridad a aquellos colaboradores con mayor disponibilidad en la aplicación de HUTS.
  • ROTACIÓN DONDE CLIENTES: Los colaboradores de HUTS deben aceptar solicitudes de todos los clientes, no existe exclusividad para un solo cliente, por temas legales y subordinación deben rotar donde varios clientes, por eso el colaborador que se niegue a aceptar solicitudes de algunos de los clientes de HUTS, se tratará disciplinariamente como una cancelación.
  • SUBORNINACIÓN: ningún colaborador de HUTS podrá contactar a los clientes o funcionarios de los clientes, para solicitar turnos, horarios o solicitar información de pagos, volumen de trabajo, turnos de otros compañeros o para asuntos disciplinarios que son competencia exclusiva de la Proveedora de Talento Humano PDL S.A, si lo hacen será considerado como una falta grave al reglamento interno de trabajo.

Artículo 9º: pagos  

  • Todos los colaboradores deberán abrir una cuenta en el BAC San Jose, para poder recibir el pago de planilla los días viernes, a través del plan de planilla de la empresa. Las personas

que por alguna razón no puedan abrir cuenta en el BAC deberán justificarlo con RRHH y aportar una cuenta a su nombre de otro banco, para hacerles el pago de la semana, el cual se hará el lunes siguiente a la fecha de regular de pago.